Artículo 2229 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IV. Donación · Sección tercera. Rescisión, revocación o reducción de donaciones. rescisión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si el importe de la donación menos antigua no alcanzare, se procederá respecto de la anterior, como lo dispone el artículo que precede, siguiéndose el mismo orden hasta llegar a la más antigua.