Artículo 2539 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XII. Contrato de obras a precio alzado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando al encargarse una obra no se fijó precio, éste será, si los contratantes no estuviesen de acuerdo después, lo que importen los materiales empleados, más los salarios de los trabajadores ocupados, incluyéndose cuotas del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o Instituciones semejantes y en su caso, los honorarios que designen los aranceles, o a falta de ellos el que tasen peritos.