Artículo 2548 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XII. Contrato de obras a precio alzado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Recibida y aprobada la obra por el que la encargo, el empresario responde durante cinco años, contados desde el día de la entrega de la obra, de los defectos que después aparezcan y que procedan de vicios en su construcción y hechura, mala calidad de los materiales empleados o vicios del suelo en que se fabricó.