Artículo 3047 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo II. Sucesión por testamento · Sección segunda. Condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La falta de cumplimiento de alguna condición impuesta al heredero o legatario, no perjudicará a estos, si emplearon todos los medios necesarios para la realización de aquélla.