Artículo 3055 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo II. Sucesión por testamento · Sección segunda. Condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
En el caso de los dos artículos anteriores corresponde al que debe pagar el legado, la prueba de que el testador tenía conocimiento del cumplimiento de la condición.