Artículo 3284 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo X. Forma de los testamentos · Sección segunda. Testamento público abierto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El testamento se dictará y redactará en un solo acto, y durante éste el testador, Notario, escribiente y en su caso los testigos no podrán separarse del local en que se otorgue aquél y, salvo disposición expresa de la ley, no podrá presenciar el acto del otorgamiento otra persona distinta de las mencionadas en los Artículos anteriores.