Artículo 97 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo III. Ausentes e ignorados en caso de ausencia · Sección primera. Medidas provisionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El cónyuge ausente será representado por el presente; los ascendientes por los descendientes y éstos por aquéllos:.