Artículo 998 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo III. Propiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el dueño del inmueble contiguo a la pared en que estuvieren abiertas las ventanas o huecos, podrá construir pared contigua a ella, o si adquiere la medianería apoyarse en la misma pared aunque de uno u otro modo cubra los huecos o ventanas.