Artículo 158 del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo primero. Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado · Sección cuarta. Sedición, motín y terrorismo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Se impondrán de uno a nueve años de prisión y multa hasta de doscientas Unidades de Medida y Actualización, a quienes cometan el delito de motín.