Artículo 97 del Código Penal de Puebla
Libro primero disposiciones generales · Capítulo décimo octavo. Aplicación de sanciones · Sección quinta. Aplicación de sanciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
En el caso de delito continuado se aumentará la sanción hasta en una tercera parte de la correspondiente al delito cometido.