Artículo 1841 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Primera Parte. De las obligaciones en general · Título Segundo. Modalidades de las obligaciones · Capítulo Segundo. De las obligaciones a plazo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación será condicional y se regirá por las reglas que contiene el Capítulo que precede.