Artículo 1844 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Primera Parte. De las obligaciones en general · Título Segundo. Modalidades de las obligaciones · Capítulo Segundo. De las obligaciones a plazo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
El plazo se presume establecido en favor del deudor, a menos que resulte, de la estipulación y de las circunstancias, que ha sido establecido en favor del acreedor o de las dos partes.