Artículo 2502 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Noveno. Del mandato · Capítulo Sexto. De los diversos modos de terminar el mandato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Lo que el mandatario, sabiendo que ha cesado el mandato, hiciere con un tercero que ignore el plazo de la procuración, no obliga al mandante, fuera del caso previsto en el artículo 2495.