Artículo 2724 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Decimotercero. De la fianza · Capítulo Segundo. De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
No fían a un fiador los testigos que declaren de ciencia cierta en favor de su idoneidad, pero si lo hicieran de mala fe, serán responsables del daño que sobrevenga por la insolvencia del recomendado.