Artículo 419 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Noveno. Del ejercicio de la patria potestad, custodia y convivencias · Capítulo Primero. De los efectos del ejercicio de la patria potestad, respecto de la persona de los hijos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Los que ejerzan la patria potestad o tengan menores bajo su custodia, tienen la obligación de observar una conducta que sirva de buen ejemplo a los hijos.
Las autoridades, en caso necesario, auxiliarán a esas personas, dándoles el apoyo que requieran para proteger y educar a sus descendientes.