Artículo 1033 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título quinto. De la Tutela · Capítulo primero. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El testador puede nombrar un solo tutor, para que administre los bienes que deje a los incapaces a quienes instituya sus coherederos o colegatarios, aunque éstos sean más de tres.