Artículo 1070 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título quinto. De la Tutela · Capítulo tercero. De la Tutela Legítima de las Niñas, Niños y Adolescentes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Podrá la persona Juzgadora nombrar tutor a una persona que no sea pariente de la persona incapacitada, especialmente si el nombrado ha manifestado afecto y amistad por la niña, niño o adolescente y la familia de éste.
Artículo reformado POE 31-05-2023