Artículo 148 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero · Parte general. De los Hechos, Actos y Negocios Jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Hecha excepción de los negocios formales y de los solemnes, todos los demás se perfeccionan, si son bilaterales. por el solo consentimiento y si son unilaterales, por la sola manifestación de la voluntad del autor.