Artículo 1578 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título quinto. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legitima · Capítulo quinto. De la Aceptación y de la Repudiación de la Herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Ninguno de los cónyuges necesita la autorización de su consorte para aceptar o repudiar la herencia que les corresponda.
Artículo reformado POE 31-05-2023