Artículo 183 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero · Parte general. De los Hechos, Actos y Negocios Jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo segundo. De los elementos esenciales del negocio jurídico · Sección tercera. De la Ilicitud de los Negocios Jurídicos Considerados en sí mismos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
La ilicitud en el negocio jurídico impide que éste produzca los efectos que le serian propios; pero en virtud de él, su autor o autores incurren en las sanciones establecidas por la ley.