Artículo 2233 del Código Civil de Quintana Roo
Libro segundo. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De las Obligaciones · Título segundo. De las Diferentes Especies de Obligaciones · Capítulo primero. De las Obligaciones de Dar · Sección tercera. Responsabilidad culposa por Pérdida o Deterioro del Bien
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El deudor de un bien perdido o deteriorado sin culpa suya, está obligado a ceder al acreedor cuantos derecho; y acciones tuviere para reclamar la indemnización a quien fuere responsable.