Artículo 2726 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título séptimo. Del Arrendamiento · Capítulo octavo. Del Alquiler o Arrendamiento de Bienes Muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
La pérdida o deterioro del bien alquilado, se presume siempre a cargo del arrendatario, a menos que pruebe que sobrevino sin culpa suya, en cuyo caso será a cargo del alquilador.