Artículo 2728 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título séptimo. Del Arrendamiento · Capítulo octavo. Del Alquiler o Arrendamiento de Bienes Muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
EI arrendatario de un animal está obligado a darle de comer y beber durante el tiempo en que lo tenga en su poder, de modo que no se desmejore, y a curarle las enfermedades ligeras. sin poder cobrar nada al dueño.