Artículo 2856 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título undecimo. Del Mandato · Capítulo sexto. De los diversos modos de terminar el mandato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El mandante debe exigir la devolución del instrumento o escrito en que conste el mandato, así como todos los documentos relativos al negocio o negocios que tuvo a su cargo el mandatario.
El mandante que no exija hasta obtenerla la devolución de los documentos que acrediten los poderes del mandatario, responde de los daños que puedan resultar por esa causa a terceros de buena fe.