Artículo 1315 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro tercero. De las Sucesiones · Titulo segundo. De la Sucesión por Testamento · Capitulo VII. De los Legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
Los legados de usufructo, uso, habitación, o servidumbre, subsistirán mientras viva el legatario, a no ser que el testador dispusiere que dure menos.