Artículo 2560 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión testamentaria · Capítulo VIII. De las diversas especies de legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Los legados de usufructo, uso, habitación o servidumbre subsistirán mientras viva el legatario, a no ser que el testador dispusiere que duren menos.