Artículo 27 Octies del Código Penal de San Luis Potosí
Parte general · Título tercero. El delito · Capítulo III. Autoría y Participación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas no serán aplicables al Estado, los Municipios y sus instituciones públicas.
Quedan exceptuados de la responsabilidad de la persona jurídica, las instituciones estatales o municipales, pero cuando aquélla utilice a éstas últimas para cometer un delito será sancionada por el delito o delitos cometidos. Lo anterior también será aplicable a los fundadores, administradores o representantes que se aprovechen de alguna institución estatal o municipal para eludir alguna responsabilidad penal.