Artículo 5 del Código Penal de San Luis Potosí
Principio del bien jurídico y de la antijuridicidad material
Parte general · Título primero. Disposiciones generales · Capítulo único. Principios que Rigen la Aplicación de la Ley Penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
239La acción o la omisión serán delictivas, sólo cuando lesionen o pongan en peligro, sin justificante alguno, un bien jurídicamente tutelado por el tipo penal.