Artículo 1804 del Código Civil de Sinaloa
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título I. Fuentes de las obligaciones · Capítulo V. De las obligaciones que nacen de los actos ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
Cesa la responsabilidad a que se refiere el artículo anterior, cuando los menores ejecuten los actos que dan origen a ella, encontrándose bajo la vigilancia y autoridad de otras personas, como directores de colegios, de talleres, etc., pues entonces esas personas asumirán la responsabilidad de que se trata.