Artículo 1059 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo V. Ocupación de las aguas
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El uso y aprovechamiento de las aguas de dominio público se regirá por la ley especial respectiva.