Artículo 1253 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo IV. De la servidumbre legal de acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
También se deberá conceder el paso de las aguas a través de los canales y acueductos del modo mas conveniente, con tal de que el curso de las aguas que se conduzcan por éstos y su volumen, no sufra alteración, ni la de ambos acueductos se mezclen.