Artículo 3324 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo decimoquinto. De la hipoteca · Capitulo IV. Disposiciones comunes a las diversas clases de hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Cuando el constituyente de una hipoteca pagare ésta, conserva a su disposición el gravamen con el lugar y grado de preferencia que tenga, para poder transmitirlo a tercero. En el caso de que se rematare el bien hipotecado, el propietario tendrá preferencia en la forma y términos que correspondan a la hipoteca que hubiere pagado.