Artículo 3423 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Tercera parte. · Titulo primero. De la concurrencia y prelación de los créditos · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
La proposición de convenios se discutirá y pondrá a votación, formando resolución el voto de un número de acreedores que componga la mitad y uno mas de los concurrentes, siempre que su interés en el concurso cubra las tres quintas partes del pasivo, deducido, el importe de los créditos de los acreedores hipotecarios y pignoraticios que hubieren optado por no ir al concurso.