Artículo 129 del Código Penal de Sonora
Libro segundo · Titulo primero. Delitos contra la seguridad del estado · Capitulo III. Sedición
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 31 de agosto de 2026
Cometen también el delito de sedición los que reunidos tumultuariamente, pero sin armas, resisten a la autoridad o la atacan para impedirle el libre ejercicio de sus funciones, con alguno de los objetos a que se refiere el artículo 118.