Artículo 325 del Código Penal de Sonora
Libro segundo · Titulo vigésimo. Delitos en contra de las personas en su patrimonio · Capitulo VI. Despojo
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 31 de agosto de 2026
Cuando el despojo se cometa sin utilizar amenazas o violencia en las personas o en las cosas, sólo se perseguirá a petición de parte ofendida.