Artículo 329 Bis del Código Penal de Sonora
Libro segundo · Título vigésimo primero. Encubrimiento y operaciones con recursos de procedencia ilícita · Capítulo I. Encubrimiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 31 de agosto de 2026
En los casos de encubrimiento de delitos cometidos por directivos, académicos o empleados en el interior de instituciones de educación básica, media superior, superior o en sus inmediaciones, las penas previstas en el artículo 329 de este Código se incrementarán en una mitad.