Artículo 62 del Código Penal de Sonora
Libro primero · Titulo tercero. Aplicación de las sanciones · Capitulo I. Reglas generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 31 de agosto de 2026
Cuando una ley quite a un hecho u omisión el carácter de delito que otra ley anterior le daba, se pondrá en absoluta libertad a los imputados y a los sentenciados que se hallen cumpliendo o vayan a cumplir sus sentencias y cesarán de derecho todos los efectos que estas y los procesos debieran producir en lo futuro.