Artículo 1353 del Código Civil de Tabasco
Distribución a clases determinadas
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo I. De los testamentos en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Puede el testador encomendar a un tercero, la distribución de las cantidades que deje a clases determinadas, como parientes, pobres, huérfanos, etc., y la elección de las personas a quienes deben aplicarse, observándose lo dispuesto por el artículo 1412.