Artículo 1354 del Código Civil de Tabasco
Encomienda de actos de beneficencia
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo I. De los testamentos en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El testador puede encomendar a un tercero, que haga la elección de los actos de beneficencia o de los establecimientos públicos o privados a los cuales deban aplicarse los bienes que legue con ese objeto, así como la distribución de las cantidades que a cada uno corresponda.