Artículo 1462 del Código Civil de Tabasco
Entrega de documentos
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VI. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cuando se legue un bien con todo lo que comprenda, se entenderán legados los documentos justificantes de propiedad y los créditos activos, a no ser que se haya mencionado específicamente lo contrario.