Artículo 1911 del Código Civil de Tabasco
Cuándo es conmutativo
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo segundo. De los contratos en general · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El contrato oneroso es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas, en cuanto a su existencia y cuantía, desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la pérdida que les cause.
Es aleatorio cuando las partes o una de ellas desconocen la existencia o cuantía de las prestaciones que deben, por depender tales prestaciones de un acontecimiento futuro, que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida, sino hasta que ese acontecimiento se realice.