Artículo 2076 del Código Civil de Tabasco
Reglas generales
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo séptimo. De la ley como fuente de obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las obligaciones que emanan de la ley sólo son exigibles en los casos expresamente previstos y de acuerdo con los preceptos que las establecen; pero en lo que éstos sean omisos, deberán regirse por las reglas generales sobre obligaciones y contratos, en cuanto les sean aplicables.