Artículo 2374 del Código Civil de Tabasco
A fiadores solidarios
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo undecimo. De la extincion de las obligaciones · Capitulo III. De la remisión de la deuda.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Habiendo varios fiadores solidarios, el perdón que fuere concedido solamente a alguno de ellos en la parte relativa a su responsabilidad, no aprovecha a los otros.