Artículo 3015 del Código Civil de Tabasco
Régimen de loterías y rifas
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimocuarto. De los contratos aleatorios · Capitulo I. Del juego y de la apuesta
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las loterías o rifas, cuando se permitan, serán regidas las primeras por las leyes especiales que las autoricen, y las segundas por los reglamentos de policía.