Artículo 3074 del Código Civil de Tabasco
Mancomunidad o solidaridad de fiadores
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. Contratos de garantia · Capitulo I. De la fianza en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cuando existan diversos fiadores, puede estipularse simple mancomunidad entre los mismos o solidaridad. En el primer caso, los fiadores sólo quedan obligados en la parte proporcional que les corresponda en la prestación del deudor.