Artículo 3125 del Código Civil de Tabasco
Liberación por novación
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. Contratos de garantia · Capitulo V. Extincion de la fianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si el acreedor acepta en pago de la deuda otro bien distinto al que era objeto de ella, queda liberado el fiador, aun cuando el acreedor pierda después por evicción el bien que se le dio en pago.