Artículo 33 del Código Civil de Tabasco
Igualdad
Libro primero. De las personas · Titulo primero. De las personas físicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Ninguna distinción admite la ley en la capacidad de los seres humanos fundada en la diferencia de sexos o cualquiera otra causa.