Artículo 293 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo sexto. Delitos contra la veracidad necesaria para la adecuada administracion de justicia · Capitulo VI. Disposiciones comunes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Cuando con base en la simulación de pruebas o en la denuncia, querella, imputación o declaraciones falsas, se dicte una sentencia penal de condena, se aplicará al falsario la misma sanción impuesta en dicha sentencia penal de condena, en caso de que éste hubiese sido inocente, además de la pena que le corresponda por el delito cometido.