Artículo 1459 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título tercero. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo III. De la subrogación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
En el caso del artículo 1457 el titular o titulares del bien enajenado tienen derecho a que el nuevo bien ocupe el lugar que tenía en el patrimonio del titular y desempeñe el mismo fin a que estaba destinado el anterior.