Artículo 1736 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo II. De los derechos y obligaciones del arrendador
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si al terminar el arrendamiento hubiere algún saldo a favor del arrendatario, el arrendador deberá devolverlo inmediatamente, a no ser que tenga algún derecho para ejercitar contra aquél; en este caso, depositará judicialmente el saldo referido.
Lo dispuesto en el párrafo anterior respecto del arrendador, regirá en su caso respecto del arrendatario.